control social
Contexto
El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015 ).Se entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público. Para conocer más información sobre el funcionamiento de las veedurías, ver la Ley 850 de 2003 .
Modalidades para el Control Social
- Canal de denuncias https://empulebrija.gov.co/content/5/0/pqrsd
- Rendición de cuentas https://empulebrija.gov.co/pages/281/informe-rendicion-de-cuentas
- Plan Nacional de Formación para el Control Social a la Gestión Pública – que es la herramienta dispuesta por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), para preparar a la ciudadanía en el ejercicio del control social a la gestión pública. https://www1.funcionpublica.gov.co/web/murc/control-social
Adquisiciones y contratación institucional
- Plan anual de adquisiciones. https://empulebrija.gov.co/pages/138/plan-anual-de-adquisiciones
- Información contratación. https://empulebrija.gov.co/content/13/contratacion
- Datos abiertos. https://empulebrija.gov.co/pages/105/datos-abiertos-
Informes del interventor o el supervisor
La actividad de control social se mide para la vigencia de 2025, para lo tanto no se han recibido comunicaciones de veedurías ciudadana a proyectos o procesos en ejecución que requieran informes según lo establecido en el artículo 72 de la Ley 1757 de 2015; únicamente se han recibido observaciones a procesos de contratación.Observaciones de veedurías
la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Lebrija – EMPULEBRIJA E.S.P, recibe y atiende las observaciones ejecutadas por las veedurías ciudadanas para cada uno de los procesos de contratación.Notificaciones Judiciales: http://notificacionesjudiciales@empulebrija.gov.co