INFORME DE REPORTE LEY 2069 2020
La oficina de control interno de control interno de la Empresa de Servicios Públicos de Lebrija ESP, en cumplimiento de sus funciones y especial lo relacionado con la evaluación y seguimiento al cumplimiento de la Ley 2069 de 2020 “Por medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia”, a través de su artículo 33, modificó el artículo 12 de la Ley 590 del 2000, adoptando medidas dirigidas a promover el acceso de las MIPYMES al mercado de Compras Públicas. Estas suponen una serie de deberes para las Entidades Estatales indistintamente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por Entidades Estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos, quienes deberán cumplir lo dispuesto en los primeros seis (6) numerales del señalado artículo en los Procesos de Contratación que adelanten. Adicionalmente, el numeral 8 precisa que, las entidades referidas deben remitir a la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente, la información relativa al cumplimiento de las medidas establecidas para la promoción del acceso de las MIPYMES al mercado de Compras Públicas dentro de los dos (2) primeros meses de cada año, reportando la información del año inmediatamente anterior. Esto significa que, para reportar la información de la vigencia 2023, las entidades obligadas tendrán como plazo máximo el 29 de febrero de 2024.
Realizar seguimiento y verificación de las actividades adelantadas por el responsable de la Empresa de Servicios Públicos de Lebrija ESP de diligenciar el formulario a través del diligenciamiento de la encuesta correspondiente a la vigencia fiscal 2023 con plazo máximo hasta el día 29 de febrero de 2024.
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